Que es Exequátor

Requisitos para el reconocimiento de Sentencia de Divorcio extranjeras:

Los nacionales de países extranjeros, residentes legalmente en España o bien españoles que hayan obtenido una sentencia de divorcio en el extranjero y quieran que tenga efectos en España, deberán reunir una serie de requisitos para el reconocimiento de esa sentencia, el procedimiento llamado exequatur, los requisitos serán los siguientes:

- La materia no deberá ser contraria a orden público.

- Los documentos aportados deberán estar debidamente legalizados y legitimados por las autoridades judiciales y diplomáticas del país de origen.

- En el procedimiento de exequátur, la parte que inste o quiera instar el reconocimiento de la sentencia, deberá ser representada por Procurador y asistida por Abogado, salvo en determinados casos de inscripción directa en el Registro Civil.

Documentación precisa para el Exequátur de Divorcio:

  1. Copia autentica de la sentencia, exigiéndose que contenga la apostilla de la Haya, que sea expedida por autoridad competente del Estado del que procede. No hace falta la apostilla para las sentencias de países como Israel, Alemania, Italia.
  2. Certificado del testimonio de que la sentencia es firme.
  3. Certificado de que la sentencia ha sido notificada al demandado, o en su caso de que se ha dictado en rebeldía.
  4. Si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo, el convenio regulador deberá estar legalizado y apostillado.
  5. Si la sentencia está en idioma diferente al español, deberá acompañarse traducción jurada.
  6. Certificado literal de matrimonio
  7. Certificado literal de nacimiento de hijos, si los hubiera.
  8. Certificado literal de matrimonio del Registro español (en su caso).
  9. Poder general para pleitos (debiendo significar para el país a donde va dirigida y legalizarlo en el Consulado de España).
  10. Fotocopia de D.N.I. o N.I.E.
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